GUARDA HABITUAL EN TRAMITES DE TRANSFERENCIA O INSCRIPCION INICIAL

https://abogados.com.ar/patentes-en-caba-domicilio-o-sede-social-versus-guarda-habitual-del-vehiculo/32195

http://panoramaregistral.blogspot.com/2016/05/la-guarda-habitual-y-el-domicilio.html

TÍTULO I CAPÍTULO VI DOMICILIO, en referencia a la guarda habitual en la Sección 2ª Artículo 1,  no se procesa el trámite de patentes y el peticionario deberá tener en cuenta la posibilidad de la doble imposición. El registro interviniente debe comunicar a la DNRPA sobre la registración de los dominios mediante esta mecánica y ésta comunica a las jurisdicciones involucradas. El impuesto de sellos se abona en el registro que se radica.

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