En fecha 14/12/ 22 , la DNRPACP, y la Casa de la Moneda , que por cuenta del ente cooperador AAERPA, conforme al DNTR- t.II cap. III sec. 14 y normas precedentes y concordantes, en particular la Disposición DN nº 540/18 de la ANSV, difunden la imposibilidad material temporal de contar las placas de identificación métalica alternativa para trailer O1 de uso recreativo y un solo eje, que no se inscriben, pero si, se gestiona la chapa identificatoria que da cuenta de reunir aptitudes técnicas para circular.
POR ENDE, PARA TRAMITAR ESTA PATENTE DE TRAILER, ELLO ES OBLIGATORIO PARA CIRCULAR, CASO CONTRARIO EL TITULAR DEL VEHICULO DE REMOLQUE O TRACTOR ES PASIBLE DE MULTA Y SI NO CONTARA CON LA CHAPA METALICA POR PROBLEMAS TECNICOS, DEBE PORTAR EL PERMISO PROVISORIO DE CIRCULACION.
Dicho permiso, lo estipula por EX-2022-132484951- -APN-DNRNPACP#MJ, la CIRCULAR D.N. N° 24/2022,que señala , con relación al trámite de Expedición de Placa de Identificación Alternativa para Tráileres destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, normado en el D.N.T.R., Título II, Capítulo III, Sección 14ª , en ese marco, la Casa de Moneda S.E. en su carácter de proveedora de ese elemento registral ha manifestado tener dificultades en lo inmediato para su provisión, por lo que resulta necesario disponer un plan de acción tendiente a paliar esas eventuales situaciones, indicando cómo proceder en los casos en que el trámite se encuentre debidamente inscripto a la espera de la entrega de la placa otorgada.
Así las cosas, una vez inscripto el trámite que nos ocupa el/la Encargado/a procederá a entregar una copia certificada de la documentación indicada en el artículo 3°, inciso c) del la norma citada en el primer párrafo, donde deberá dejarse constancia del número de dominio del automotor que traccionará el trailer de que se trata junto con la leyenda “Placa Alternativa pendiente de entrega”, con su sello y firma. En esa misma instancia, deberá entregarse una copia de la presente Circular junto con un juego de placas provisorias con vigencia por SESENTA (60) días, para su colocación en la luneta trasera del vehículo de remolque.
Por último, cabe aclarar que al momento de recibir la placa metálica correspondiente al tráiler en la sede del Registro Seccional, este deberá enviar un correo electrónico al titular registral indicando que la misma se encuentra a su disposición y que para retirarla deberá presentar la copia de la documentación oportunamente intervenida por el/la Encargado/a, a fin de que en ella se inserte (con iguales recaudos que los indicados en el tercer párrafo) la leyenda “Placa Alternativa Entregada”.
POR ENDE, ATENCION , PLACAS PARA TRAILER CON USO RECREATIVO DE UN EJE Y CASA RODANTE.
1.- ES OBLIGATORIO CONTAR CON LA PLACA DE IDENTIFICACION ALTERNATICA DEL TRAILER CAT.O1 CON FINES RECREATIVOS. NO CONTAR CON ELLA, ES CAUSAL DE MULTA DE TRANSITO.
2.- DE NO CONTAR CON DICHA PLACA, POR NO EXPEDIRLA EL ORGANISMO EMISOR, SE SUPLE Y CIRCULA CON PLACAS PROVISORIAS, QUE SE COLOCAN EN LA LUNETA TRASERA DEL VEHICULO DE REMOLQUE, COPIA CERTIFICADA DEL CERTIFICADO DE SEGURIDAD VEHICULAR Y DE LA ST TP POR LA CUAL SE SOLICITA, COPIA DE LA CIRCULAR DN 24/22, CONSTANCIA FIRMADA DEL REGISTRO CON LA LEYENDA “Placa Alternativa pendiente de entrega”.